TEC y UTN aplican reforma
fiscal a los salarios, mientras Conare espera
En la UCR, UNA y
UNED, sus rectores aseguran que no se aplicará el título III de la Ley de
Fortalecimiento de las Finanzas Públicas hasta que la Sala Constitucional
resuelva la acción planteada desde el año anterior.
By Javier Córdoba
Ene 29, 2020 06:18am
El rector del Instituto Tecnológico, Luis Paulino
Méndez, explicó que la aplicación de lo que dispone la reforma fiscal en esta
universidad es una medida de prevención. (Foto: Javier Córdoba)
El
Instituto Tecnológico de Costa Rica (TEC) y la Universidad Técnica Nacional
(UTN) optaron por aplicar desde ya lo que dispone el título III de la Ley de
Fortalecimiento de las Finanzas Públicas en lo relativo a anualidades y otros
componentes salariales.
Esto
quiere decir que, desde este mes de enero, a los salarios de las personas que
laboran en estas instituciones se les aplica la anualidad como un monto nominal
sobre el salario base (ya no como un porcentaje), así como modificaciones en la
aplicación de los pagos por prohibición, dedicación exclusiva, reconocimiento
de títulos académicos, entre otros.
Tanto
el rector del Tec, Luis Paulino Méndez, como el
jerarca de la UTN, Marcelo Prieto, confirmaron a UNIVERSIDAD la aplicación de
lo que dispone la Ley 9635 en el tema salarial, aunque cada uno expuso razones
distintas para tomar esta decisión.
Por
su parte, los rectores de la Universidad de Costa Rica (UCR), Universidad
Nacional (UNA) y Universidad Estatal a Distancia (UNED) mantienen la postura de
esperar lo que resuelvan la Sala Constitucional y el Tribunal Contencioso
Administrativo sobre las acciones planteadas el año anterior, que buscan
aclarar si aplica o no la reforma fiscal en las universidades públicas.
Mientras
esto se resuelve, esas tres instituciones no han aplicado ninguna variación en
el pago de las anualidades y demás componentes salariales.
Para
los jerarcas universitarios, esta diversidad de criterios y acciones no
representa una "división" a lo interno del Consejo Nacional de Rectores (Conare), pues cada una debe responder a sus propias
normativas y necesidades.
"De
cumplimiento obligatorio"
En
el caso del Instituto Tecnológico, su rector Luis Paulino Méndez y su
vicerrector de Administración, Humberto Villalta, aseguran que la adopción de
lo dispuesto en el Título III de la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas
Públicas responde a un criterio de prevención y lo que arrojaron los análisis
jurídicos tanto a lo interno como en una consultoría contratada por la
institución.
En
este sentido, Méndez indicó que el año anterior esperaban que con la
presentación de la demanda ante el Contencioso Administrativo se emitiera una
medida cautelar que frenara la aplicación del Título III, pero esta no llegó.
Según
Méndez, la Convención Colectiva del TEC establece que cuando se le "paga de
más" a un empleado, solo se le pueden cobrar de vuelta los montos hasta por un
periodo de seis meses hacia atrás.
Dado
que la aplicación del Título III regía desde el 1 de julio del 2019, en el TEC
solo se podrían pagar los salarios con las anualidades de manera normal hasta
el 31 de diciembre, por lo que se decidió aplicar lo dispuesto en la reforma
fiscal a partir del 1 de enero.
Lo
anterior significa, según el rector, que si durante
este año se le pagara "normalmente" al personal del TEC sus anualidades y demás
pluses, pero en la resolución de los recursos planteados las universidades
estuvieran obligadas a aplicar la Ley desde junio de 2019, la institución solo
podría obligar a que se devolviera lo pagado durante el segundo semestre del
2019 y el monto restante sería responsabilidad de los jerarcas.
Ante
la incertidumbre que genera el que no se hayan resuelto los recursos ante la
Sala Constitucional y el Contencioso Administrativo, en el presupuesto del TEC
para este año se creó una reserva en el rubro de remuneraciones. Si los
recursos resultan favorables a las universidades, los dineros que no se paguen
este año por la aplicación del Título III serán devueltos a los trabajadores.
"El
19 de diciembre era el último día que teníamos para tomar decisiones y ese día
le comunicamos a la comunidad que vamos a aplicar el Título III. La reserva se
mantiene por aquello de que haya una resolución favorable a que no se aplique,
pero la realidad es que no sabemos cuándo se va a dar la resolución. Si
estuviéramos pagando en contra de lo que dispone la Ley, ¿luego cómo
recuperamos esos recursos?", explicó Méndez.
Tanto
el rector como el vicerrector de Administración del TEC fueron amplios al
argumentar que la decisión de aplicar el Título III también responde a un
análisis jurídico que se hizo a lo interno y un criterio externo contratado a
la firma BDS consultores, que coincidían en la obligatoriedad de aplicar la Ley
de una vez.
En
el caso del TEC, el vicerrector Villalta indicó que la Procuraduría General de
la República ha sido "muy enfática" en que, en la jerarquía de las normas, la
Ley está por encima de lo que dispone la Convención Colectiva; además, en el
caso de las anualidades de esta institución, lo que dispone la negociación con
los trabajadores queda por debajo de lo que indique la Ley 9635.
Tras
recibir estos criterios, la administración del TEC se reunió con el Sindicato,
con quienes decidieron solicitar un criterio del Ministerio de Trabajo, el cual
también señaló la obligatoriedad de aplicar de inmediato el Título III de la
Ley.
"Somos
del criterio que, ante la entrada en vigencia de la Ley 9635 que hemos venido
analizando, las partes tienen la obligación de apegarse a lo dispuesto por esta,
aunque a la Convención Colectiva le reste tiempo de vigencia", dice el criterio
entregado al TEC por el Ministerio de Trabajo.
"Según
lo expuesto, la Ley 9635 es de acatamiento obligatorio; se debe cumplir al
negociar una nueva convención colectiva, ya que si contraviene lo regulado lo
procedente es que se ajuste a esta ley. Ahí está el por qué aplicamos eso",
añadió el vicerrector.
Villalta
comentó que la Ley es explícita en cinco aspectos: dedicación exclusiva,
prohibición, grado académico, carrera profesional y anualidad; entonces, los
cambios realizados a partir de este mes se hicieron en esos rubros.
Sobre
los cambios, aseguran que el salario de los funcionarios del TEC se mantiene
igual y, probablemente, no noten gran diferencia en el corto plazo; no
obstante, se mostraron preocupados por lo que consideran un "congelamiento" de
los salarios a largo plazo.
Además,
explicaron que el Título III fija como base para el cálculo de las anualidades
el salario a junio del 2018, lo cual convierte el porcentaje en un valor
nominal.
"En
2050, cuando calculemos la base para pagar la prohibición del rector, que es
del 25%, va a ser el 25% del salario del 2018, que para entonces significará
muy poco, pero eso no se puede modificar", aseguró el vicerrector.
Para
Villalta, esto provocará en el mediano plazo una desvalorización de los
salarios en las universidades y la fuga de talentos ante salarios que serán
cada vez menos competitivos.
Otro
aspecto que preocupa a los jerarcas del TEC es el sistema de evaluación dispuesto
por el Ministerio de Planificación Nacional (Mideplan)
para la asignación de los montos de anualidad, pues consideran que es
prácticamente "una locura".
"Resulta
que usted como jefe puede tener 95 funcionarios a cargo, y tiene que sentarse
con cada uno de ellos para definir objetivos, metas, planes, actividades,
cronograma. Mes a mes tiene que evaluarlos y si al final del año tienen una
nota superior a 80, se les paga la anualidad. Luego se manda todo esto a Mideplan antes y después, es una locura", indicó.
Sobre
las diferencias con los demás rectores en Conare
sobre la aplicación de la Ley, Méndez aseguró que cada uno tiene realidades
institucionales distintas y cada rector debe ser responsable por lo que pasa en
la universidad que dirige.
Marcelo
Prieto, Rector UTN:
"Aunque se declarara inconstitucional, me parece que no lo
revertiríamos"
El
rector de la Universidad Técnica Nacional, Marcelo Prieto, aseguró que en su
universidad se está aplicando plenamente lo dispuesto en el Título III de la
Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas, independientemente de lo que
pase con los recursos que ha planteado Conare para
evitarlo.
"Fundamentalmente
nos ajustamos a la disposición de nominalizar las anualidades. Ya no estamos
pagando porcentajes, sino montos nominales con base en el último monto recibido
en julio 2019", reconoció Prieto.
El
rector detalló que se ha puesto tope a los salarios mayores a los 4 millones de
colones y ajustes en el pago de la dedicación exclusiva, que ahora solo aplica
para las personas en jefatura, con una licenciatura y si la universidad
considera que es necesario. También se limitaron los nombramientos a
funcionarios que tuvieran más de un tiempo completo.
"Desde
el año 2015, antes de que hubiera regla fiscal, hemos venido tomando decisiones
para tratar de contener el crecimiento de la partida de remuneraciones, porque
se nos presenta de verdad como insostenible", afirmó Prieto.
Consultados
sobre qué pasará con la aplicación de las medidas contenidas en el Título III
si los recursos planteados por Conare excluyen a las
universidades, Prieto aseguró que de todas formas las mantendría.
"Me
parece que no lo revertiríamos, porque de verdad nosotros sabemos que es
necesario contener el gasto en remuneraciones; no nos rasgamos las vestiduras
por lo que dicen a veces los enemigos de la Universidad de que se gasta tanto
en remuneraciones, pero sí es necesario contener el gasto, porque va a pesar
más en el futuro y no podemos seguir creciendo en esa partida como se hizo en
la década pasada", añadió.
Para
Prieto, el esperar o no que se resuelvan los recursos planteados depende de
cada universidad y considera que hay aspectos inconstitucionales como el querer
someter a estas instituciones autónomas a la certificación de la Secretaría de
la Autoridad Presupuestaria de Hacienda, pero insiste en que la UTN necesita
contener su gasto en remuneraciones.
Del otro lado de Conare
Pese
a la decisión del Instituto Tecnológico y de la Universidad Técnica Nacional de
aplicar lo que dispone el Título III de la Ley de Fortalecimiento de las
Finanzas Públicas en materia salarial, los rectores de la Universidad de Costa
Rica, Universidad Nacional y Universidad Estatal a Distancia prefieren esperar.
Consultados
por UNIVERSIDAD, los jerarcas de estas tres instituciones aseguran que las
realidades internas de sus instituciones les permiten esperar la resolución de
los recursos legales que se han planteado, y descartan que esta diferencia con
las otras dos entidades represente alguna ruptura interna para el Consejo
Nacional de Rectores.
Henning Jensen, Universidad de Costa
Rica:
La
posición de la UCR respecto a esto ha sido diferente, en el sentido de que
nosotros esperamos que la Sala Constitucional se pronuncie sobre la Acción de
Inconstitucionalidad que hemos interpuesto.
"Yo
sentiría que habría una precipitación si la Universidad de Costa Rica decidiera
aplicar en todos sus extremos ese Título III; es una decisión institucional que
cada universidad puede tomar en ejercicio de su propia autonomía, pero esa no
ha sido la posición de la UCR.
"Algunas
personas interpretan esto como una ruptura a nivel de Conare,
pero yo respeto la decisión de cada universidad. Conozco también que debe haber
diferencias políticas o incluso diferencias en las previsiones presupuestarias
de cada universidad.
"Nos
mantendremos como estamos, a menos que haya una situación legal que nos
obligue, a menos que se presente una situación legal diferente".
Rodrigo
Arias, UNED:
"Nosotros
no lo estamos aplicando, nos quedó claro en el dictamen jurídico
correspondiente que el Título III no aplica en las universidades, esa
convicción es lo que sustenta el contencioso administrativo.
"Hay
una serie de disposiciones que son contrarias a la normativa institucional, que
emana de la Constitución Política, en relación con esa autonomía plena, que nos
lleva a sustentar la defensa del Estatuto Orgánico y el estatuto de personal,
porque ningún ente con autoridad para modificarlos lo ha hecho.
"Lo
que hemos consensuado en Conare es que quede claro
que un ente legislativo no puede modificar la normativa interna de las
universidades. Creo que es peligroso, porque es una violación de la autonomía,
que no solo es indispensable para las universidades sino para la sociedad
democrática costarricense".
Alberto
Salom, UNA:
"Por
el momento, no estamos acogiéndonos al Título III; casi te podría decir que
nadie se está acogiendo, lo que están haciendo es acercándose.
"En
este momento estamos aplicando la Convención Colectiva. Se mantiene igual, a la
espera de los recursos que hemos planteado, pero no irrespetando la Convención
Colectiva.
"Es
la independencia de cada universidad, Conare toma las
decisiones por consenso, ese es el arreglo que hay, pero no podemos decirle a
ninguna universidad que haga esto o lo otro, porque hay un margen de
discrecionalidad de cada uno".