Boletín Nº 178 - Septiembre
2017
Manejo de vida silvestre en Costa
Rica ya tiene regulación
Crédito de la imagen: MINAE
De un vistazo
Nueva
norma en Costa Rica pone en regla la cacería de animales silvestres, su
conservación y gestión.
El
documento es fruto del trabajo conjunto de centros académicos e instituciones
especializadas.
Expertos
opinan que el reglamento sienta un precedente en la región
[SAN JOSÉ] Luego de
cinco años de haber modificado la Ley de Conservación de Vida Silvestre (LCVS), Costa Rica decretó
un nuevo reglamento que pone en regla la cacería de animales silvestres, su
conservación y gestión.
El reglamento, firmado el 3 de agosto por el
presidente Luis Guillermo Solís y el ministro de Ambiente y Energía Edgar Gutiérrez obedece a la significativa
reforma de la LCVS, ocurrida en 2012 mediante un proyecto de ley de iniciativa
popular para integrar cambios en la visión y el paradigma del país en materia
de vida silvestre.
Pese a ello, desde
entonces se siguió empleando el reglamento emitido en 2005, con lo cual la
ley reformada no podía aplicarse.
Pero ahora, la nueva
norma se presenta con un alto grado de contenido científico y técnico, pues
es fruto del trabajo conjunto de centros académicos e instituciones
especializadas.
"Desde 2013 hubo 64 actividades de construcción
con todos los sectores; participaron más de 600 personas y 91 instituciones.
Las discusiones han sido amplias, e incluso se hizo una consulta pública en
noviembre de 2016, para la cual se recibieron 45 documentos", explicó Natalia
Batista, asesora de la viceministra de Ambiente, Patricia Madrigal.
|
"En América Latina, la Ley
y el reglamento que se presenta ahora (en Costa Rica) son un precedente para
que otros países sigan el ejemplo".
Laura
Porras, investigadora del Instituto Internacional de Vida Silvestre de la
Universidad Nacional (Costa Rica).
|
|
|
|
|
|
|
En cuanto al
contenido, sobre la fauna silvestre —que la LCVS declara bien de dominio
público— el reglamento menciona cómo debe ser la cacería por subsistencia y de control,
al tiempo que define cómo llevar a cabo las guías para la convivencia de la
fauna silvestre con actividades humanas.
Asimismo, explica cómo
debe ser el uso de la fauna silvestre, su exhibición, la reinserción,
reproducción y reintroducción de especies, todas cuestiones que deben ser
cumplidas en zoológicos, centros de rescate, zoocriaderos
y acuarios, según corresponda.
Por otra parte, el
reglamento menciona qué tipo de manejo se debe dar a la flora Silvestre in y ex
situ (dentro y fuera de sus hábitat y ecosistemas naturales); cómo se
abordarán las importaciones y exportaciones de vida silvestre; cuál será el
papel del regente ambiental en los sitios de conservación y cómo se deberá
proceder con las investigaciones científicas.
Este documento también
aporta la creación del Sistema Nacional de Información sobre Vida Silvestre,
una plataforma virtual pública que informará cuáles son los sitios de manejo de
vida silvestre, el registro de los cazadores de control de especies, las licencias
para este tipo de cacería y pesca, y otros tipos de permisos.
Según Batista, este
portal podría estar en funcionamiento a partir del primer trimestre de 2018,
porque ya está en proceso de construcción.
"En América Latina, la
Ley y el reglamento que se presenta ahora son un precedente para que otros
países sigan el ejemplo. Esto indica que Costa Rica está consciente de la
importancia de su biodiversidad", opinó Laura Porras, investigadora del
Instituto Internacional de Vida Silvestre de la Universidad Nacional (Costa
Rica).
Gino Biamonte,
presidente de la ONG Apreflofas, una de las
principales impulsoras de la reforma por iniciativa popular de la LCVS, explicó
que cuando se realizó la reforma se consiguieron 177.000 firmas.